martes, 10 de febrero de 2009

¿Podrá soportar España 4.000.000 de bajas de clientes de banda ancha?

Cerca de cuatro millones de ciudadanos no pueden acceder a la banda ancha en España en función de su sitio de residencia; a este indicador negativo para el desarrollo de la Sociedad de la Información en España, se le podrían sumar bajas masivas de clientes del ADSL más lento y caro de Europa.

Las entidades representativas de la comunidad internauta, los profesionales y los consumidores informáticos en España estiman en cuatro millones la cifra de clientes de banda ancha, ADSL y cable que podrían darse de baja si finalmente se confirma el acuerdo que REDTEL está negociando con las sociedades de gestión de los derechos de autor abanderadas por la SGAE para que en España se den tres avisos antes de desconectar o ralentizar la conexión a Internet por usar redes P2P (¿quién es REDTEL?)

A la disminución de ingresos se sumarían las posibles indemnizaciones que podrían derivarse por incumplimiento de contrato de las operadoras y las sanciones aplicables en base a los artículos 8 (”Restricciones a la prestación de servicios y procedimiento de cooperación intracomunitario”) y 11 (”Deber de colaboración de los prestadores de servicios de intermediación”) de la Ley 34/2002, de 11 de julio, de Servicios de la Sociedad de la Información y de Comercio Electrónico, modificado por la Ley 56/2007, de 28 de diciembre, de Medidas de Impulso de la Sociedad de la Información.

Mientras las operadoras de telecomunicaciones tratan de sortear la crisis, las sociedades de gestión de los derechos de autor, intentan conseguir prebendas para las empresas productoras de contenidos tratando de convencer a todo el mundo de que el intercambio de archivos entre particulares por Internet es un acto delictivo y que supone fuertes pérdidas al sector de entretenimiento.

Sin embargo tanto la fiscalía como las sentencias dictadas establecen que el intercambio de archivos con copyright restrictivo por redes P2P no es un delito y no es punible de ninguna forma cuando se trata de archivos públicos o bajo licencias copyleft.

Las propias entidades de gestión de derechos de autor han reconocido en el “Informe de la industria de contenidos en España“, publicado por ASIMELEC, que no hay una bajada de ingresos en el sector y que solo la música tiene un retroceso en la venta a través del canal tradicional (aunque no se informa del aumento de ingresos por, entre otros, actuaciones en directo, descargas y publicidad)

Lo cierto es que las negociaciones que se están llevando a cabo bajo el auspicio del Ministerio de Cultura, pueden suponer que algunas de las empresas más solventes y con mayor capacidad tecnológica de España empiecen a perder clientes a marchas forzadas. Lo que repercutirá en su cuenta de resultados y en su capacidad de mantener el empleo.

Pero lo más grave es que un acuerdo de esta naturaleza atenta contra la libre competencia, frena en seco el acceso a la Sociedad de la Información en España menoscabando los derechos civiles de los ciudadanos y alejando aún más el derecho constitucional de acceso a la cultura y al conocimiento.

Firmado: Unai y unas 1880 firmas más (por el momento). Pon la tuya publicando el texto en tu blog.

3 comentarios:

Anónimo dijo...

Sin embargo tanto la fiscalía como las sentencias dictadas establecen que el intercambio de archivos con copyright restrictivo por redes P2P no es un delito y no es punible de ninguna forma cuando se trata de archivos públicos o bajo licencias copyleft (la mayoría de los casos)

JAJAJAJAJA

Delito no es, pero sí es ilícito, pero bueno.

Firma firma, y mírate tu contrato a ver si te puedes dar de baja, que lo que es con Telefónica lo tienen bien previsto (en resto tendría que mirarlo).

¿Podrás tu soportar estar sin Internet?

Unai dijo...

En parte tienes razón, pero como ya conte en alguna ocasión, me cuets a mucho entender como un contenido que veo en la tele, asi sin más, por el mero hecho de bajarmelo para verlo en el ordenador deja de serlo.

¿Tanto costaría hacer un medio de descarga que s epudiese nutrir de publicidad, y que fuese lo suficientemente comodo para que no tenga que usar el emule?

Y no digo sé si podría estar sin internet, pero desde luego lo que seguro que no iba a necesitar eran conexiones de mil millones de megas....

pero eso es otra historia

Además, sabría que esta entrada te haría ilusión...

(por cierto he editado la entrada para quitar el parentesis ese)

Anónimo dijo...

Ah, sabía que pensabas en mi. Normal, que San Valentín está al caer, pero ya sabes que me enciendo con toda la mentira que rodea estas cosas (en ambos lados).

Imagino te sonará www.hulu.com. Es legal, claro que aún no tienen los derechos de comunicación pública fuera de USA así que no podrás usarlo (la técnica al servicio de las leyes terrenales, bieeen).

Está claro que es posible, y se hará, pero una cosa es que el mercado no se sepa adaptar al usuario, lo que es indudable, y otra que el usuario decida saltarse la ley a la torera. ¿Que te parecen caros los discos, las pelis o el cine? Ni compres, ni vayas.

Mira la hipocresía de las operadoras:

http://www.ono.es/internet/bandaancha-50megas-caracteristicas.aspx

Claro claro, dirán que por esos canales legales que no usa nadie.